Impresos Padrón de habitantes
1.- ALTAS:
1.1. Cambio de residencia: Se refieren a las inscripciones en el Padrón Municipal de Habitantes que son consecuencia de un cambio de municipio o país de residencia. El interesado y, en el caso de menores de edad, el padre y/o madre (o representante/es legal/es) solicitarán la inscripción.
1.2. Nacimiento:
1.2.1. De oficio: mediante notificación del Instituto Nacional de Estadística.
1.2.1 A instancia del interesado: El padre y/o la madre o representantes legales.
1.3. Omisión: personas no empadronadas anteriormente en ningún municipio o consulado de España en el extranjero.
Modelos:
– Solicitud de Alta en el Padrón de habitantes con documentos necesarios a aportar por el declarante/s. Anexo III.
Documentación a presentar:
- Solicitud de alta en el padrón de habitantes cumplimentada y firmada por todos los mayores de edad (Solicitud de alta PMH).
- Documento de identificación (documentos en vigor o, en el caso de caducados, además solicitud de renovación del mismo):
- Españoles: D.N.I.
- Extranjeros:
- Nacionales de Estados miembros de la Unión Europea: Certificado de Registro de Ciudadanos de la Unión Europea y documento acreditativo de identidad o pasaporte expedido por las autoridades del país de procedencia.
- Nacionales de Estados distintos a los anteriores: Documento expedido por las autoridades españolas (preferiblemente Tarjeta de Identidad de Extranjero) en el que figure el N.I.E. y en el caso de no disponer de él pasaporte expedido por las autoridades del país de procedencia.
- Título de propiedad o similar (recibos de agua, luz a nombre del solicitante). Si hay empadronados mayores edad en la vivienda, autorización de uno de ellos (cumplimentar y firmar en la hoja de solicitud de empadronamiento) y título que legitime la ocupación de la vivienda (propiedad, arrendamiento, recibos luz, agua etc). Si la/s persona/s mayores de edad empadronada/s con anterioridad hubiesen abandonado la vivienda deberán hacerlo constar en el Ayuntamiento presentando el modelo de solicitud que se relaciona más adelante con objeto de iniciar expediente de baja de oficio en el Padrón de Habitantes de la/s persona/s que ya no reside/n en domicilio. Solicitud de baja en PMH de terceros BAJA PADRON DE HABITANTES DE TERCEROS.
En caso de alta en el PMH de menores de edad: Libro de familia y además:
- Solicitud de alta en el padrón de habitantes firmada por los padres/representantes legales y copia documentos identificativos.
- Empadronamiento con un solo progenitores cuando no hay separación o divorcio o no existe aún resolución judicial que se pronuncie sobre la guarda o custodia. Solicitud de alta en el PMH firmada por ambos progenitores o, si no se dispone de ambas firmas, declaración responsable sobre guarda o custodia justificando la imposibilidad de conseguir las dos firmas. Declaración responsable: Anexo I.
3 Empadronamiento con un sólo progenitor cuando existe resolución judicial guarda o custodia.
3.1 Guarda y custodia atribuidas en exclusiva a un progenitor. Solicitud de alta en PMH firmada por el progenitor custodio, resolución judicial de custodia y declaración responsable de su vigencia. Declaración responsable: Anexo II.
3.2 Guarda y custodia compartida por ambos progenitores. Resolución judicial de custodia. Si en ella no consta el domicilio de empadronamiento: Firma en la solicitud de inscripción en el PMH de los dos progenitores o prueba documental del mutuo acuerdo.
2.- BAJAS POR EMIGRACIÓN:
2.1. Cuando una persona traslada su domicilio a otro municipio en España o al extranjero (realizando la inscripción en el Consulado Español que le corresponda) NO DEBE SOLICITAR SU BAJA EN SU AYUNTAMIENTO DE ORIGEN. El trámite de las bajas por emigración se realiza entre Ayuntamientos o entre Ayuntamientos y el Instituto Nacional de Estadística.
2.2. Si una persona no es española y traslada su residencia de forma definitiva a otro país, esa persona debe hacer una declaración y entregarla en las oficinas municipales del Ayuntamiento para que cause baja en el Padrón de Habitantes.
3.- MODIFICACION DE DATOS: CAMBIOS DE DOMICILIO Y MODIFICACIONES DE DATOS PERSONALES
3.1 CAMBIO DE DOMICILIO: Todas las personas que cambien su domicilio dentro del municipio deberán comunicarlo en las oficinas municipales para actualizar su domicilio en el Padrón de Habitantes.
Modelo solicitud Cambio de domicilio. Anexo III.
Documentación a presentar:
- Documento de identificación (ídem que en el caso de altas en el padrón).
- Título que legitime la ocupación de la vivienda (título de propiedad, arrendamiento, recibos de agua, luz a nombre del solicitante etc). Si hay empadronados mayores edad en la vivienda, autorización de uno de ellos (cumplimentar y firmar en la hoja de solicitud de empadronamiento) y título que legitime la ocupación de la vivienda (propiedad, arrendamiento, recibos luz, agua etc). Si la/s persona/s mayor/es de edad empadronada/s con anterioridad lo hubiese/n abandonado deberá/n hacerlo constar en el Ayuntamiento presentando el modelo de solicitud que se relaciona más adelante con objeto de iniciar expediente de baja de oficio en el Padrón de Habitantes de la/s persona/s que ya no reside/n en domicilio. Modelo comunicación baja en PMH de terceros por no residir en la vivienda: BAJA PADRON DE HABITANTES DE TERCEROS.
3.2 MODIFICACION DE DATOS PERSONALES: Cuando en las bases de datos del Padrón de Habitantes figure un dato incorrecto (nombre y apellidos, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento….) o sea necesario actualizarlos por falta de los mismos (número DNI., etc) deberá realizar una petición de modificación en las oficinas municipales.
Modelo solicitud Cambio de datos personales en PMH. Anexo III.
Documentación a presentar:
- Documento de identificación (ídem que en el caso de altas en el padrón).
- Documento/s que justifique/n la modificación solicitada en su caso.
4.- RENOVACIONES DE LA INSCRIPCIÓN PADRONAL PARA EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS SIN AUTORIZACION DE RESIDENCIA PERMANENTE (ENCSARP)
El artículo16 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local modificado por el art. 3.1 de la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, establece la renovación periódica cada 2 años de las inscripciones en el Padrón de Habitantes de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente (ENCSARP) y la caducidad de dichas inscripciones en caso de no llevarse a cabo dichas renovaciones.
La renovación padronal no constituye un acto de mero trámite y exige un acto expreso mediante el cual el ciudadano o su representante, manifiesta su voluntad expresa de renovar la inscripción.
Las renovaciones por parte de los ENCSARP se realizarán mediante la ratificación de los datos que ya constan en el Padrón de Habitantes incluyendo una declaración de seguir viviendo en España y su voluntad de renovar la inscripción.
- Modelo de renovación padronal. Anexo IV.
- Modelo de renovación padronal con representante con documentos a aportar. Anexo V.
Documentos a aportar:
- Modelo de renovación padronal ENCSARP cumplimentado y firmado.
- Documento de identificación (ídem que en el caso de altas en el padrón).
5.- COMPROBACIÓN PERIÓDICA DE RESIDENCIA DE EXTRANJEROS QUE NO TIENEN LA OBLIGACIÓN DE RENOVAR SU INSCRIPCIÓN PADRONAL (NO ENCSARP).
En el marco de las operaciones de control y actualización de los padrones municipales previstas en el artículo 78 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales se realizarán comprobaciones periódicas de la residencia en el municipio de los extranjeros que no tienen obligación de renovar su inscripción padronal cada dos años, Ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y extranjeros con tarjeta de residencia de régimen comunitario y extranjeros que tienen autorización de residencia de larga duración. (NO_ENCSARP).
Los extranjeros NO_ENSCARP deberán confirmar su residencia en los siguientes supuestos:
- Cuando su última inscripción padronal tenga más de dos años de antigüedad en el caso de NO_ENCSARP no inscritos en el Registro Central de Extranjeros.
- Cuando su última inscripción padronal tenga más de cinco años de antigüedad en el caso de NO_ENCSARP inscritos en el Registro Central de Extranjero que tengan una autorización de residencia caducada o el certificado de inscripción en el RCE de ciudadanos de la unión haya sido expedido hace más de cinco años.
– Modelo de comprobación periódica de residencia. Anexo VI.
– Modelo de comprobación periódica de residencia presentada por representante. Anexo VII.
Documentos a presentar:
- Modelo de comprobación de residencia NO_ENCSARP cumplimentado y firmado.
- Documento de identificación (ídem que en el caso de altas en el padrón).
6.- DONDE Y CUANDO REALIZAR LOS TRÁMITES
Todas las gestiones relacionadas con el Padrón de Habitantes podrán realizarse en la oficina de atención al público de la planta baja del Ayuntamiento en horario de 9:30 h a 13:30 horas, de lunes a viernes o través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Mondéjar https://mondejar.sedelectronica.es.